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Ayuda limite BIC

Ayuda limite BIC

12 Ene 2017 22:06
#1
Buenas , En Asturias la guardia civil lo tiene claro. Usar detector de met. está permitido en todo suelo que no sea Bic. Ahora bien ... ¿ como se yo hasta donde llegan los limites de un suelo Bic? Llevo una semana investigando y mandando correos a seprona y al organismo de cultura, pero nadie sabe darme una respuesta clara. El caso es que en asturias hay muchos sitios muy interesantes para pasar el detector, pero estan rodeados de "bic" o relativamente cerca de alguno, por descontado no voy a ponerme al lado de un asentamiento romano o algo parecido, porque en primer lugar no es mi objetivo encontrar restos arqueológicos, para ello están los expertos. Lo que si quiero es estar tranquilo si paso el detector por un bosque siatuado detras de una iglesia o unas colinas al lado de un asentamiento. Quiero poder informarme con exactitud para estar tranquilo a la hora de disfrutar de mi nuevo hobby, y parece que la falta de normas claras, nos hace un blanco facil para multas aleatorias. Siento haberme extendido. Agradecería cualquier información al respecto.Un saludo.

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Re: Ayuda limite BIC

13 Ene 2017 00:02
#2
Esto que dices es absolutamente falso. Aparte de BIC, existen conjuntos históricos, zonas arqueológicas, zonas de servidumbre y un sinfin más de figuras legales que no son BIC, y donde si te pillan, te crugirán, y además, con toda la razón.

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Re: Ayuda limite BIC

13 Ene 2017 01:04
#3
No quisiera pasarme de listo, pero las excavaciones y conjuntos históricos, según la ley son también BIC.
Todos los BIC cuentan con un código BIC del tipo R.I.-XX-YYYYYYY-00000, donde los dos primeros dígitos indican el tipo de bien, y los siete siguientes son el código identificativo del mismo, siendo las cinco últimas cifras, cinco ceros de forma genérica, pudiendo cambiar para identificar partes del mismo bien.

El significado de los dos primeros caracteres es el siguiente:

AR: Archivos.
BI: Bibliotecas.
MU: Museos.
51: Monumento.
52: Jardín histórico.
53: Conjunto histórico.
54: Sitio histórico.
55: Zona arqueológica.
56: Restauración arquitectónica.
Existen además bienes que no disponen de un código BIC pero que están acogidos por declaraciones genéricas, como castillos, cruceros, hórreos, etc..

No obstante y quitando a un lado los tecnicismos. Lo que busco es saber donde se encuentra el limite sobre el terreno. Por ejemplo, donde esta el limite para buscar metales cerca de un monumento o iglesia. Esa es la información que quiero encontrar y que nadie parece saber.
Un saludo.

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Re: Ayuda limite BIC

13 Ene 2017 01:45
#4
Y donde veo esas zonas de servidumbre y todos esos limites?. Gracias

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Re: Ayuda limite BIC

13 Ene 2017 07:32 - 13 Ene 2017 08:16
#5
Pues sí, te pasas de listo. BIC es la más alta protección jurídica que se le puede otorgar a un bien catalogado, por tanto, los menos, tienen la declaración BIC, y la mayoría, simplemente están inscritos en el catálogo general con la figura que les corresponda; zona arqueológica, yacimiento arqueológico, jardin histórico, etc, etc. En cuanto a tu segunda pregunta, simplemente no tienes porqué buscar en el entorno de un bien protegido.
Última Edición: 13 Ene 2017 08:16 por administrador.

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Re: Ayuda limite BIC

13 Ene 2017 07:54
#6
Entonces... hay zonas arqueologicas bic y zonas arqueologicas no bic? Cuando decía lo de pasarme de listo postee contenido de wikipedia. No hace falta ser tan contundente. Solo intento entender las leyes. No quiero buscar en el entorno de un bic. Es que en asturias hay tantos que quizás no esté expresando con claridad mi duda. La pregunta es: ¿cuanto he de alejarme de un bic? 10 metros, 1 km, 2km, 10km? No se si me estas tratando asi porque piensas que quiero ir a escarbar en alguna zona arqueológica o que... puedo garantizarte que esa, no es mi intención. Solo quiero poder usar detector de metales sin meterme en lios.
Gracias de nuevo.

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Re: Ayuda limite BIC

13 Ene 2017 08:33
#7
Efectivamente, un bien inscrito en el catálogo general de Patrimonio Historico del Principado (aunque esto es válido para todo el territorio nacional), puede estar o no protegido con la figura de Bien de Interés Cultural, máxima protección jurídica que le otorga nuestro ordenamiento a un bien integrante del Patrimonio Historico. El que no esté declarado como BIC, no implica que tenga otro tipo de protección, ya que la mera inscripción en el catálogo general, ya de por sí es una protección que genera unas obligaciones. Cada BIC, tiene unas zonas de protección y una zona de servidumbre distinta. Eso se detalla en el expediente de incoación del BIC, y se publica en el Boletín Oficial de la comunidad que corresponda. Y ahora olvídate de los BIC, porque como ya he dicho, un yacimiento arqueológico no tiene porqué ser BIC, e igualmente tiene una protección. Normalmente, y según el caso, esas distancias también varían, dependiendo de la zona de servidumbre arqueológica del yacimiento. Sea como sea, si te pillan a un kilómetro (por decir una distancia) de un yacimiento usando el detector, te denunciarán. Así que lo prudente es moverse por zonas donde no haya yacimientos.

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Re: Ayuda limite BIC

13 Ene 2017 23:44
#8
1km = 8 a 12 minutos caminando según el terreno/suelo/desnivel
Si el terreno es plano y las vistas estan despejadas , a 1 km, una casa a penas se ve, se adevina. Una persona es casi imposible verla.

Un BIC teniendo sus limite oficiales, pretendes que a 1km de este limite aun te pueden "crujir" ? :angry:
Allí esta el problema ... hablan de distancia prudencial... si a donde se pierde la vista, a 10 km caminando , no basta como distancia prudencial ? entonces que sean más especificos coño !

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Re: Ayuda limite BIC

14 Ene 2017 00:00
#9
Muy interesate tema. :unsure:

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Re: Ayuda limite BIC

14 Ene 2017 09:30
#10
No es una pretensión mía frankch, es lo que ocurre. Si te paran cerca de un yacimiento, por ejemplo un kilómetro, te dirán que había intención de buscar restos arqueológicos. El es muy básico. NO QUIEREN QUE SE BUSQUE.

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