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En Almería dan autorización en playas para 3 años

Re: En Almería dan autorización en playas para 3 años

15 Sep 2024 22:32
#21
Si es cierto, solo era cuestión de ver bien las fechas.
Haber otras provincias como funcionan, lo que es en Galicia según me dijeron no estaba regulado, incluso se atrevieron a decirme que sin problemas me fuese a detectar en la playa mientras no molestará a la gente, puede no resultar creíble pero es cierto

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Re: En Almería dan autorización en playas para 3 años

15 Sep 2024 22:33
#22
Mí solicitud es de Agosto de 2023. Como me consideran para 3 años, ese año de 2024 hacer detectorismo en Almería y en Granada y no sabía que habían proibido. Nadie me dijo nada en la playa cuando yo estaba haciendo detectorismo. Mí licencia todavía tiene caducidad hasta 2026. Entonces no sé qué pasará. En ese año de 2024 no hice nueva solicitud, todas que tengo son.

Sí tus autorizaciones son de 2023 y están autorizadas por tres años, son perfectamente válidas hasta su caducidad en 2026. Esto es porque la ley no se puede aplicar de forma retroactiva, y no se anulan permisos concedidos antes de la prohibición. Saludos.
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Re: En Almería dan autorización en playas para 3 años

15 Sep 2024 22:35
#23
El último permiso que me dieron para 3 años fue en mayo de 2023, lo que en teoría me dan autorización hasta mayo de 2026. Digo en teoría porque en la propia autorización pone: "la eficacia y vigencia de la presente autorización estarán a lo que se disponga en la nueva normativa." Por lo que si la normativa ha cambiado y ya no se puede detectar, igual ya no sirve la autorización.

Siguen siendo válidos. Saludos.
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Re: En Almería dan autorización en playas para 3 años

20 Oct 2024 19:33
#24
Pues parece que se acabó lo que se daba en toda Andalucía con respecto a playas que era lo único que nos quedaba:

Prohibido el uso de detectores de metales: 13 sanciones en Almería desde 2020 | La Voz de Almería "Desde 2024 no se autoriza para uso recreativoEl uso de detectores de metales y otros instrumentos que permitan la localización de vestigios arqueológicos está regulado en el artículo 60 del Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, publicado en el BOJA nº 34 el 16 de febrero, el cual modifica la Ley 14/2007 de Patrimonio Histórico de Andalucía.El artículo 60 establece de manera clara la prohibición general del empleo de estos dispositivos, salvo en aquellos casos específicos vinculados a actividades arqueológicas autorizadas, conforme a lo dispuesto en el artículo 52 de la ley.Sin embargo, el uso de detectores de metales no está completamente restringido. Existen excepciones contempladas en el mismo artículo, que permiten su uso cuando no se tenga como finalidad la localización de restos arqueológicos. Entre ellas, se incluyen actividades realizadas por la Administración General del Estado en el ejercicio de sus competencias en materia de defensa.Asimismo, se permite a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad utilizar estos dispositivos en el marco de sus atribuciones, dado que su uso en estos contextos responde a finalidades de seguridad y protección ciudadana.Otras excepciones a la prohibición incluyen al personal autorizado de empresas suministradoras de servicios como electricidad, agua, gas y telecomunicaciones. Este personal puede utilizar detectores de metales bajo la supervisión y responsabilidad de dichas empresas, siempre que el objetivo sea el desarrollo de sus actividades cotidianas y no la búsqueda de restos arqueológicos. Esta disposición garantiza que las empresas puedan realizar su labor sin interferir con la conservación del patrimonio cultural.El artículo 60 también permite que las empresas dedicadas a actividades mineras puedan emplear detectores de metales, siempre y cuando cuenten con la autorización correspondiente del órgano competente en la materia.Cualquier hallazgo fortuito durante estas actividades debe ser inmediatamente comunicado a las autoridades competentes, sin derecho a indemnización ni premio alguno. Según la Delegación Territorial en Almería, los objetos encontrados, especialmente si tienen valor histórico o arqueológico, pasan a ser propiedad del Estado y se gestionan a través de los museos o las instituciones culturales pertinentes."

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Re: En Almería dan autorización en playas para 3 años

02 Abr 2025 21:47
#25
Bueno he decidido presentar batalla, dentro de mis posibilidades. Os dejo por aquí el escrito que he registrado en la Delegación de Cultura de Almería.D./D.ª **********, con DNI ******, y domicilio a efectos de notificación en **************, ante esta Delegación Territorial comparezco y, como mejor proceda en Derecho,EXPONGO:PRIMERO. Que desde hace años vengo practicando la actividad recreativa de prospección superficial con detector de metales en playas del litoral de la provincia de Almería, actividad para la que hasta la fecha se venía solicitando y obteniendo autorización por parte de esta Delegación, conforme a lo previsto en el marco normativo vigente hasta la reciente modificación de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, de Patrimonio Histórico de Andalucía.SEGUNDO. Que con la publicación del Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, se introduce una prohibición general del uso de detectores de metales en todo el territorio andaluz, sin posibilidad de obtener autorización alguna salvo para usos muy concretos (defensa, seguridad, servicios públicos o investigación arqueológica), tal como se recoge en el nuevo artículo 60 de la mencionada Ley.TERCERO. Que dicha modificación normativa ha supuesto, en la práctica, la prohibición de una actividad recreativa que no causaba perjuicio alguno al patrimonio arqueológico, siempre que se realizara con la debida supervisión y limitación a zonas no protegidas, como es el caso de las playas del litoral, las cuales no están incluidas, salvo excepciones, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.CUARTO. Que esta prohibición absoluta, sin posibilidad de autorización, supone una limitación desproporcionada del derecho a la libertad individual y al libre desarrollo de la personalidad reconocido en el artículo 10.1 de la Constitución Española, así como de la libertad de ocio y de práctica de actividades lícitas (artículos 9.3, 14 y 103 de la Constitución), al no estar basada en una motivación específica ni en un análisis técnico o científico que justifique tal restricción en espacios no protegidos.QUINTO. Que dicha norma incurre en una posible arbitrariedad prohibitiva al tratar de igual manera supuestos muy diversos, como puede ser la detección en yacimientos arqueológicos frente a la práctica recreativa en espacios turísticos y urbanos sin valor patrimonial declarado, como son los arenales de uso público del litoral.SEXTO. Que conforme al principio de proporcionalidad en la actuación de las Administraciones Públicas (Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, art. 129.1) y a la doctrina del Tribunal Constitucional sobre el uso de potestades restrictivas de derechos individuales, cualquier prohibición general debe estar justificada, motivada y sujeta a control, lo que en este caso no se ha producido.SÉPTIMO. Que existen modelos alternativos de regulación en otras comunidades autónomas (como Valencia, Murcia o Galicia), donde se permite el uso recreativo del detector de metales en playas mediante licencia previa y normas claras, lo cual permite conjugar la protección del patrimonio con el disfrute responsable de esta afición.Por todo lo anterior,SOLICITO:
  1. Que se admita esta reclamación administrativa, instando a esta Delegación Territorial a que remita informe a la Consejería de Cultura y al Parlamento Andaluz, proponiendo la revisión del artículo 60 de la Ley 14/2007 para que se restablezca la posibilidad de autorizar el uso de detectores de metales en playas y zonas no protegidas, mediante régimen de licencia y control administrativo, como venía haciéndose hasta ahora.
  2. Que se considere la presente prohibición como desproporcionada e injustificada, por suponer una restricción general de derechos individuales sin que se haya motivado adecuadamente su necesidad, idoneidad ni proporcionalidad.
  3. Que, subsidiariamente, se contemple la posibilidad de establecer una instrucción interpretativa o criterio técnico que permita excepcionar de la prohibición el uso recreativo en playas, hasta tanto no se tramite una reforma más garantista del precepto.
En Almería, a  2 de abril de 2025 
El siguiente usuario dijo gracias: mald1961

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Re: En Almería dan autorización en playas para 3 años

02 Abr 2025 22:16
#26
Me parecen unos razonamientos muy interesantes. Yo las mandé anoche. Saludos.
El siguiente usuario dijo gracias: Muten

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Re: En Almería dan autorización en playas para 3 años

05 May 2025 21:45
#27
Ha pasado más de un mes y aún sigo sin respuesta.

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Re: En Almería dan autorización en playas para 3 años

13 May 2025 22:17
#28
Imagino que irán actualizando en el apartado de desarrollo del anteproyecto, y cuando hayan revisado las alegaciones publicarán una actualización de la redacción del anteproyecto.

www.juntadeandalucia.es/servicios/normat.../detalle/564109.html

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Re: En Almería dan autorización en playas para 3 años

15 May 2025 19:56
#29
Buenas tardes, alguien sabe cómo está el tema este año para detectar en Almería o en Andalucía en general?, Saludos

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Re: En Almería dan autorización en playas para 3 años

15 May 2025 23:18
#30
Prohibido!!
El siguiente usuario dijo gracias: Petarastos

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